Época: Décima Época
Registro: 2008939
Instancia:
Primera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la
Federación
Publicación: viernes 24 de abril
de 2015 09:30 h
Materia(s): (Constitucional)
Tesis: 1a. CXXXIII/2015 (10a.)
LIBERTAD DE EXPRESIÓN. RELACIÓN ENTRE EL LENGUAJE DOMINANTE EN
UNA SOCIEDAD Y LA CONSTRUCCIÓN DE ESTEREOTIPOS.
La relación entre lenguaje y la
identidad de las personas conlleva una mezcla compleja de factores
individuales, sociales y políticos que permite que las mismas se consideren
miembros de una colectividad o se sientan excluidas de ésta. Así, donde existen
conflictos sociales, y en particular reivindicaciones colectivas, el uso del
lenguaje puede permitir la eliminación de prácticas de exclusión y
estigmatización. Tal lenguaje influye en la percepción que las personas tienen
de la realidad, provocando que los prejuicios sociales, mismos que sirven de
base para las prácticas de exclusión, se arraiguen en la sociedad mediante
expresiones que predisponen la marginación de ciertos individuos. Las
percepciones o las imágenes que tenemos de ciertos grupos influyen de forma
definitiva en nuestras expectativas hacia ellos, así como en nuestros juicios y
en nuestro comportamiento. Así, la representación de "normalidad" con la cual una sociedad habla sobre algo o
lo simboliza se le conoce como discurso dominante, mismo que se caracteriza por
la construcción de un conjunto más o menos estructurado de creencias en
relación a los miembros de un grupo, a lo cual se le denomina como estereotipo.
Así, los estereotipos contienen explícita o implícitamente juicios de valor negativos sobre
los integrantes de un grupo social determinado, ante lo cual se
convierten en instrumentos para descalificar y, en última instancia, para
justificar acciones y sucesos en su contra.
PRIMERA SALA
Amparo directo en revisión 2806/2012.
Armando Prida Huerta. 6 de marzo de 2013. Mayoría de tres votos de los
Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Olga Sánchez Cordero de García
Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quienes formularon voto particular. Ponente:
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.
Esta tesis se publicó el viernes
24 de abril de 2015 a las 09:30 horas en el Semanario Judicial de la
Federación.
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